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  • Consulta : 125205
  • Autor : MERCHE68
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  • Autor
    Respuesta No: 238754

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Como indica el forista anterior si ustedes no son los del adeudo indiquen que dicha persona no vive ahi y no la conocen, no firmen nada y si llegan a presentarse en du domicilio llamen a la patrulla. En el remoto caso que se llevara una demanda tendria que notificarles un actuario (personal de juzgado) de la demanda y entregarles copia de la misma para poder defenderse. Sin lo anterior nadie puede embargarles ni quitarles nada.