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  • Consulta : 125186
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 238804

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES.

     1.- Porque tenga un domicilio comun por  mas de 2 años.

    2.- Porque tenga un hijo reconocido por ambos.

    3.- Si la constancia es para el IMSS, tiene que ser una informciòn testimoniaol que se levante ante unj juzgado familiar o ante un notario publico; Las documentales de un juzgado de baranduilla o de paz, no tieen valoir para efectos familiares, amen de que no son los documentos idoneos para acreditar tal.

    4.- La interpelaciòn judicial hecha por actuario que asienteb un informe del vinculado y de testigos, los vecinos de ese domicilio, para demostrar que es vigente; si hubo separaciòn,  los derechos concubinarios de  alimentos, o para heredar, lo seràn por un año posterior a la fecha de la separaciòn o el deceso, despus, se pierde ese derrecho y con nada lo recuperan.

    Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m