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Tradicional Foro de consultas
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- Autor : ABOGADO FRANCO
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AutorRespuesta No: 237717
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Septiembre de 2011 12:18 2011-09-02 12:18 desde IP: 189.244.105.36
Estimado usuario si usted esta siendo procesado por algun delito, sea del fuero comun o federa,l y usted obtuvo su libertad bajo caucion, es decir bajo fianza, usted dentro esta obligado dentro de las condiciones a firmar por determinado tiempo hasta en tanto no se resuelva en sentencia definitiva su situacion, ya sea condenandolo o exhimiendolo de la responsabilidad penal que se le ima. Si usted incumple a dicho mandamiento o en su caso si existen otros motivos que obligen a revocar dicho beneficio, entonces el juez le revocara el beneficio y se librara orden de rehaprension en su contra. Ahora bien, si existe motivo para de nueva cuenta concederle dicho beneficio entonces el juez, al solicitarla usted o su abogado, se la concedera y debera de nueva cuenta pagar la fianza que se le fije, la cual sera igual o un tanto mayor a la fijada en un principio.
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