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AutorRespuesta No: 237712
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Septiembre de 2011 11:56 2011-09-02 11:56 desde IP: 189.234.195.114
BUENOS DIAS:
Primero, la redacciòn el auto que ordena el emplazamiento, segundo la redaccion de la constania actuarial, si en ella señala que dio con el demandado en ese domicilio y, es la misma calle, aunque sea un municipio diferente, siendo conurbado, no ha infringido en forma alguna la diligencia ordenada, por el contrario, ha sido un actuario modelo, se le ordeno emplazar y lo emplazò.
De ser atacable, si es atacable, pero cuando es una notificaciòn beneficiosa de la que se ostenta el haberla realizado mal, y la contesta, con ello ha purgado las supuestas deficiencias del emplazamiento, hay criterios de la corte que asì lo mencionan.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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