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  • Consulta : 124184
  • Autor : cerillo wmw
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  • Autor
    Respuesta No: 237429

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    un divorcio necesario por la causal que menciona el articulo 267 del Codigo Civil del DF en su fraccion XIX el uso no terapeutico de sustancias ilicitas que hace referencia la Ley General de Salud...EN EL DF NO EXISTEN CAUSALES LIC.