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AutorRespuesta No: 237082
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Fecha de respuesta: Sábado 27 de Agosto de 2011 22:11 2011-08-27 22:11 desde IP: 189.230.44.235
Como bien le sugiere Cerillo, procede la acción reivindicatoria, pero antes de promover el juicio reivindicatorio, le sugiero elevar a escritura pública su contrato privado a efecto de evitar le salgan con otro contrato de la misma naturaleza cuya fecha cierta de ambos no pueda ser debidamente validada.
Saludos.
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