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  • Consulta : 123908
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 237109

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Omar: 

    Te recomiendo, con todo respeto,  no exponerte a la telaraña del procedimiento administrativo y de sus medios de impugnación, si como dices, tienes elementos para demostrar que no fuiste notificado del acto administrativo inicial, porque lo más seguro es que termines convalidando las actuaciones y te quedes a expensas del criterio de los órganos que, nunca debes perder de vista, pertenecen a la misma estructura ejecutiva.

    Si la autoridad hubiese practicado un emplazamiento o notificación inicial en forma legal, entonces sí te recomendaría agotar las instancias administrativas para combatir cualquiera otra determinación por razones de forma o de fondo, más en un caso de ausencia total o realización ilegal del primer llamado a juicio, mi recomendación única sigue siendo el amparo indirecto.

    Ahora bien, observo que en esta ocasión mencionas que tienes 15 días para ofrecer pruebas, y antes dijiste que "imaginaramos" que la autoridad te estaba requiriendo información. El dato es indicador de que existe un procedimiento administrativo en marcha del que desconocemos las circunstancias en las que fue llamado a comparecer el gobernado. Tú eres el único que conoce realmente los hechos y el sustento actual del procedimiento.

    Bajo esas premisas, no veo como podamos con honestidad profesional, recomendarte estrategias o acciones a seguir, salvo las ya enunciadas de carácter general ante la información general e indeterminada que se conoce.

    Saludos cordiales.