Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 123908
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 237090

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De ninguna manera debes esperar la resolución, demanda la nulidad por vicios de origen y la suspensión del acto reclamado. Pero ojo, como la Profepa es Federal, la demanda se presenta alte el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, no ante el Contencioso.