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AutorRespuesta No: 237087
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Fecha de respuesta: Sábado 27 de Agosto de 2011 22:28 2011-08-27 22:28 desde IP: 189.177.219.172
Interesante mi Q:.H:.
En consecuencia... y segun el consejo... toda vez que la notificacion me la hace PROFEPA debo esperar la sentencia para acudir al Tribunal Federal de lo Contencioso Administrativo o puedo hacerlo desde este momento. Apenas me estar requiriendo para que en el termino de 15 dias aporte pruebas
Es un asunto personal y no de clientes.
Me recomiendas.. iniciar desde ahorita el Juicio de nulidad o contestar a PROFEPA y en sentencia objetar en juicio de nulidad?
Gracias mi Q:.H:. por la Luz
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