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  • Consulta : 123396
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 236238

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Efectivamente te puedes ir del domicilio conyugal alegando la violencia de tu marido hacia tí. sin embargo debes de iniciar tu demanda de divorcio en un plazo determinado por la ley de tu Estado, de lo contrario, será tu marido quien pueda iniciar una demanda de divorcio en tu contra, y aún cuando tu abandono no sería injustificado, lo más recomendable es que seas tú mejor quien inicie la demanda de divorcio.