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AutorRespuesta No: 236221
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Agosto de 2011 15:00 2011-08-21 15:00 desde IP: 189.217.6.131
vale_amia
Siendo el Distrito Federal, su señora madre tiene el 50% de los ganaciales por la Sociedad Conyugal por lo cual no seria reconocida como coheredera de la sucesion de sus señor padre, el otro 50% de la sociedad conyugal que en vida correspondia a su finado padre, esta se reparte en partes iguales entre los hijos.
Si es voluntad de su madre heredar por testamento a su hermano solo lo podra hacer respecto del 50% que a ella le corresponde.
Saludos.
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