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  • Consulta : 123163
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 235947

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    El texto del artículo 50, de la Ley Federal del Trabajo, corresponde a la vigente; sin embargo, debo decirle que a usted la liquidaron correctamente, ya que al no existir una causa justificada para que el patrón diera por terminada la relación laboral, motivado solamente por el reajuste de personal, en términos del artículo 433, de la Ley Federal del Trabajo y sus correlativos, la indemnización que deba pagar al trabajador es precisamente la consistente en tres meses de salario y la prima de antigüedad, además de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

    La prestaciones que se consignan en el artículo 50, del Código Laboral, solamente tienen aplicación en dos casos específicos: 1.- Cuando es el trabajador quien rescinde el contrato de trabajo por una causa atribuible al patrón (artículo 51, de laLey), o bien, cuando el trabajador, habiendo sido despedido injustificadamente, en lugar de demandar elpago de la indemnización constitucional, reclama su reinstalación en el puesto y el laudo condena al patrón a reinstalarlo, negándose a dar cumplimiento al laudo, o bien, a someterse al arbitraje en los casos de los trabajadores a que se hace referencia en el numeral 49.