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  • Consulta : 123158
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 236078

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES.

     Deja trabajar a tu abogado, ojala y sea notificado tu patron y se declare  legal el emplazamiento y si no llega, ya ganaste el jucio en una sola audiencia. Si no fue notificado, hay que atender a lo que diga el  actuario, te recomiendo que le mientes la madre y vas a ver que pronto se pierde para siempre tu expediente; dejalo trabajar, dejao hacer su trabajo, no te metas.

     

    PROCEDIMIENTO LABORAL ABREVIADO…

    1…Se presenta la demanda y el acuerdo para que tengas la audiencia de ley corre de 20 a 60 días posteriores...dependiendo de la agenda laboral...no del procedimiento...

    2... la primera audiencia, la de

    CONCILIACIÓN...DEMANDA...EXCEPCIONES...OFRECIMIENTO Y ADMISICION DE PRUEBAS.....es en UNA SOLA AUDIENCIA... pero por cuestiones practicas... si en al conciliación se llega a un convenio... este hace las veces de laudo y con ello termina el proceso...

    3...la audiencia de desahogo de medios de prueba para formar convicción en el presidente de la junta y de la junta debidamente integrada.... es de 20 a 60 dias posteriores a la fecha de la primera audiciencia... como te comento... esto es por agenda de trabajo y no por contenido legal del procedimiento....

    4...los alegatos pueden ser en tres o cuatro palabras...alego tener la razón PUNTO... y se pide se dicte el laudo... ello ocurre una vez terminadas todas las pruebas ofrecidas....

    5... el laudo puede ser dictado inmediatamente o ...por estudio y agenda de trabajo puede tardar de 6 meses a un año....por lo que si tu abogado pidió...salarios caídos y en la audiencia de conciliación tu patrón no te ofreció la reinstalación... tendrás la seguridad de cobrar estos CAIDOS a los que será condenado el patrón...mientras mas tiempo...mejor... y... aquí en el foro he visto... que dicen que tienen 10 años en un juicio laboral... a mi no me ha pasado... he tenido juicios que han durado 3 años...por agenda ...no por procedimiento....

    6...la estrategia de tu abogado es que la patronal no se presentara a alguna de las juntas de conciliación...... en ese momento...se lleva todo el procedimiento en UN DIA... y el laudo puede salir al tercer día....en rebeldía de la patronal... esto es por procedimiento y no por agenda

    Saludos a todos los Colegas Participantes de esta consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    A B O G A D O.

    kokoduro1 arroba correo caliente punto c o m