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AutorRespuesta No: 234217
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Agosto de 2011 15:59 2011-08-05 15:59 desde IP: 187.194.8.156
en materi acivil... hay que agotar el principio de definitividad... es decir... desahogar todos lo recursos.... sin ese desahogoi... no hay juicio de amparo... ese no lo puedes pedir cuando quieras y como quieras... solo en forma de proceso...
pruebas...de que...???...
las estimatorias estan en la sentencia y diran porque no son tomadas en cuenta... y si no prueban.... para criterio del juez... porque...
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