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  • Consulta : 121816
  • Autor : LIC. COBALTO
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  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bien te contestare por partes y en el orden de tus preguntas licr,

    .-MI PREGUNTA ES ESTA:QUE DEBO PROMOVER? Un juicio de prescripcion negativa para que opere en favor del poseedor la propiedad del inmueble ( fundamentado en los articulos 1140 y 1142 del codigo civil federal), toda vez que se ha reunido el tiempo que señala la ley para que esta opere en favor del poseedor, tiempo a razon de diez años de acuerdo a lo que señala el articulo 1158 y 1159 del Codigo Civil Federal.

    1.- JUICIO  DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA ( aunque al hacer esto al no poder apersonarse el dueño no podria otorgarseme sin hacer la denuncia del juicio sucesorio para ke se nombre albacea y sea este quien firme la escritura y seria muy tardado)R;  por supuesto que este juicio no debes ejercitarlo, en virtud de que dicho inmueble continua a nomre del difunto del cual no realizaron juicio sucesorio intestamentario.

    2.- JUICIO DE USUCAPION (por la posesion del predio por mas de 10 años, y en caso de promover la usucapion a quien deberia emplazar??? al dueño y al los colindantes? o solo a los colindantes?) Usucapion o prescripcion positiva no puedes demandar, toda vez que quien aparece en calidad de propietario del inmueble esta muerto y como bien lo señalas no hay quien comparezca en juicio en calidad de demandado por no haberse realizado el sucesorio, no puedes demandar a los colindantes que nada tienen que ver con el fondo del asunto:

    En resumen, la prescripcio negativa para que opere la propiedad en favor del demandante, por las razones y fundamentos de derecho anteriormente expuestos.............................saludos.