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AutorRespuesta No: 233416
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Fecha de respuesta: Domingo 31 de Julio de 2011 15:36 2011-07-31 15:36 desde IP: 189.234.190.27
ni puedes apelar....ni puedes ampararte.... es una simple obligaciòn de pago ...celebrada ante autoridad mjudicial.... y al firmarla te comprometiste a cumplirla... no tienen ninguna salida...que no sea pagar....
puedes iniciar incidente de solicitud de ampliaciòn del termino de pago.... entregado de un tercio ma la mitad d ela deuda en este momento en el juzgado...al efecrto de demostrar el interès real de dar cumplimiento a la obliciòn ...lo que no significa que se te vaya a conceder por parte de la acreedora... tu abogado...sabe que hacer...
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