Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 121302
  • Autor : LIC.DANYMON
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 37
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 233324

  • LIC.DANYMON
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    No existe algun impedimento para que el patrón te ordene capacitar a un nuevo elemento, asi que es parte del trabajo y claro en horario de trabajo, es válido, quizas lo que el patrón intenta hacer es no crear antiguedad en sus trabajadores y de esta forma lo hace, lo recomdable es que te prepares con documentos que acrediten tu sueldo y asi esperar al despido injustificado, ya que al ser despedido injustificadamente gozaras del 100% de las prestaciones de ley, y en caso de renunciar voluntarimente, estas desaparecen.. asi que ojo con esta adtitud del patrón........