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  • Consulta : 121117
  • Autor : Albertin Leos
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  • Autor
    Respuesta No: 233313

  • Albertin Leos
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En base la información que proporciona, puedo mencionarle que si su intención es el pensionarse a los 60 años, no tendría obligación de continuar en el régimen obligatorio, esto es, según los números proporcionados por usted cuenta con 1200 semanas (redondeado) y su conservación de derechos es por la cuarta parte de ellas que equivalen a 300 semanas, lo que es lo mismo a 6 años con derecho a una pensión por invalidez o muerte. Dicho de otra forma usted no necesita cotizar para tener derecho a la pensión, sólamente hay que esperar a cumplir 60 años. Esta conservación insisto es para una pensión, más no abarca el servicio médico en ese ínter.  De cualquier manera y para corroborar nuestro dicho, le sugiero que vaya a la delegación o clínica correspondiente del IMSS y solicite una certificación de semanas cotizadas y su conservación de derecho.