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Fecha de respuesta: Martes 24 de Enero de 2012 11:01 2012-01-24 11:01 desde IP: 187.149.236.231
AUNQUE ÉSTA CONSULTA ES ANACRÓNICA, es necesario hacer notar, que la consultante madre de la hija en cuestión, no solicitó asesoría, para cambiar el apellido del padre biológico, por el apellido de un padre adoptivo, sino hacer el cambio por su propio apellido. Según entiendo, sería suprimir el apellido del padre y quedar registrada con solo el apellido materno. Por lo que si bién, la opinión vertida sobre la adopción plena, pudiera ser útil, si hubiera una pareja (Padre adoptivo) interesado en la adopción, no resulta útil para lo que pretende específicamente la consultante, lo que dicho sea de paso es improcedente. Ya que solo podrá demandar alimentos y pérdida de la patria potestad, más no la supresión o revocación del apellido paterno. El cual forma parte del derecho a la propia identidad de la hija.
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