Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120856
  • Autor : SERGIO A
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 1677
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3675
  • : 67 %
  • : 32 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 252268

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    AUNQUE ÉSTA CONSULTA ES ANACRÓNICA, es necesario hacer notar, que la consultante madre de la hija en cuestión, no solicitó asesoría, para  cambiar el apellido del padre biológico, por el apellido de un padre adoptivo, sino hacer el cambio por su propio apellido. Según entiendo, sería suprimir el apellido del padre y quedar registrada con solo el apellido materno. Por lo que si bién, la opinión vertida sobre la adopción plena, pudiera ser útil, si hubiera una pareja (Padre adoptivo) interesado en la adopción, no resulta útil para lo que pretende específicamente la consultante, lo que dicho sea de paso es improcedente. Ya que solo podrá demandar alimentos y pérdida de la patria potestad, más no la supresión o revocación del apellido paterno. El cual forma parte del derecho a la propia identidad de la hija.