Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120836
  • Autor : ABOMAU68
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 2423
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 232572

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    everest_0701

    Ahora bien, si el monto de la renta excede los 150 salarios minimos vigente en el Distrito Federal, el incremento de la renta es convencional, es decir, se negocia el incremento entre las partes contratante, estipulandolo siempre por escrito en el contrato.

    Saludos.