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  • Consulta : 120836
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 232569

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No existe ningún mínimo, ni ningún máximo, analiza las circunstancias de tu arrendatario y su comportamiento.

    Si elevas mucho la renta, terminará por desocupar y piensa el tiempo que tardarías en volver a rentarlo, así como  las investigaciones conducentes.

    Entre un 5% y un 10% es una cantidad razonable, pero eso no viene en un ordenamiento legal, es una sugerencia.

    Saludos.