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  • Consulta : 120598
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 232248

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por supuesto que los interes pueden superar la suerte principal cuando el retraso en pago ha sido grande.

    El suscrito represebnte por varios años a la Ford y a la chrysler en cobranza judicial y en TODOS los casos los intereses exedian la suerte principal y creame que jamas hubo problema de cobro.

    El Codigo Civil Federal al que señala quiza apliquepara el caso del MUTUO pero si usted firma un pagare no es el CCF el que aplica que sino el LTOC  ley de titulos y operaciones de credito.-

    Saludos