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  • Consulta : 120530
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 232158

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La muerte del acreedor alimentista modifica la situación en que se otorgó la pensión, es decir, es claro que deben de dejar de descontarle el diez por ciento que correspondía a su mamá. Debe hacer un escrito explicando los nuevos hechos y anexar copia certificada del acta de defunsión ante el Juez de los Familair que ordenó el descuento, acuda con su abogado de confienza.