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AutorRespuesta No: 232158
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 20:22 2011-07-22 20:22 desde IP: 189.216.156.43
La muerte del acreedor alimentista modifica la situación en que se otorgó la pensión, es decir, es claro que deben de dejar de descontarle el diez por ciento que correspondía a su mamá. Debe hacer un escrito explicando los nuevos hechos y anexar copia certificada del acta de defunsión ante el Juez de los Familair que ordenó el descuento, acuda con su abogado de confienza.
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