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  • Consulta : 120082
  • Autor : CALIXTO
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  • Autor
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  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante, difiero de la asesoría del forista ía anterior.

    Puedes acudir a la  Procuraduría Federal del Trabajo de tu localidad, en donde te tramitarán un amparo o lo que sea necesario sin NINGUN COSTO PARA TI. El plazo  de 15 días que mencionas ya no se encuentre vigente, actualmente puedes hace tus trámites en el momento que tu lo decidas, siempre y cuando ya te encuentres pensionado por el IMSS.

    Saludos y suerte. Calixto.