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  • Consulta : 119571
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 231109

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    impugnar un testamento... es iniciar una acción procesal... mediante la cual se pretende demostrar...que no testo como debiera... que no asento a menores de edad que estan sujetos a alimentos... o que  no pudo haber testado... por cualquier motivo...estaba en el extrajero... no es la firma... etc..

    desde luego que se puede hacer la demanda... pero que esta prospere... se conceda... NUNCA...

    hasta la presente fecha he visto necedades de tal tipo de unas 50 gentes... y nunca se les ha concedido...

    y las sentencias de los jueces... han sido tan claras... LOS TESTAMENTOS SON ININPUGNABLES... puesto que manifiestan la ultima voluntad del MUERTO... y su voluntad es que sus bienes recaigan en beneficio de quienes se asientan...

    al hacer el testamento ante un notario publico... este da fe de que el futuro muerto... no este loco o incapacidado de decisión  sobre sus bienes... asi lo asienta... al hacerlo... lo hace ante testogos... que firman y que no deben ser los beneficiarios de esa voluntad...el testamento, además de deposita en el registro publico o en el archovo de notarias...

    remito a la simple lectura de los codigos civil y procesal civil de cada estado... por cuanto ve al caso...

    en el caso de existir menores de edad ... que no fueron tomados en cuenta... NO HAY INOFICIOCIDAD del testamento, simplemente... esos menores no tienen derecho a la masa hereditaria... solo al pago de alimentos durante su minoria de edad y si estudian... hasta que terminen sus estudios de licenciatura... con las mismas premisas de los juicios de alimentos... si dejan de estudiar...si se casan...si se separan del domicilio de guarda y custodia... o si se portan con ingratitud ante su tutor o su curador... pierden ese derecho...

    los designados por el testador... estan obligados a dar alimentos a los menores que no fueron señalados.... y lo haran por medio de un tutor o curador... de preferencia ...fuera de los herederos del acervo hereditario....aun cuando ya se hubiera hecho la adjudiciación de bienes....

    pero esta es la unica contradicción a la voluntad del testador... y ello porque son menores de edad... todos los demas... padres... tios... hasta la esposa o los hijos...que no hubieran sido señalados... pueden impugnar... pero no se les va a conceder....esta en el codigo civil...

    saludos velazquez... no veo la causa de tanta violencia... pero en fin...