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  • Consulta : 119571
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 231068

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sres. Foristas:

    Es importante tener en consideración el planteamiento del consultante, porque yo no advierte ningún comentario sobre algún testador loco.

    El consultante inquiere sobre el término o plazo factible de impugnación del testamento. Luego entonces no sé la razón de extraviarse en conjeturas que no refiere la consulta. Por el contrario apoyo la respuesta inicial de Abomau 68 pues en efecto, cualquier aspecto de impugnación de un testamento que sustenta el procedimiento sucesorio respectivo tiene como límite natural la adjudicación.

    Por otra parte, ES ABSOLUTAMENTE INEXACTO y AVENTURADO el señalamiento de Garóvalo en el sentido de que los testamentos son "ininpugnables", porque semejante afirmación carece de sustento legal alguno. Por el contrario, es preciso tener en cuenta que, amen de que el consultante nada aporta sobre las circunstancias del otorgamiento del testamento presumiblemente impugnable, el testamento, es de los actos jurídicos que con mayor frecuencia son objeto de impugnación, ante la circunstancia de que, uno de los elementos que en cualquier otro acto constituye un elemento de validez, en el testamento se refleja como un elemento de existencia, dado que la ley ha elevado al rango de solemnidad todos y cada uno de los requisitos conforme a los cuales se otorga dicho acto jurídico y ante cuya falta, deficiencia o vicio, se produce necesariamente su nulidad absoluta. Esto último desde luego, sin considerar que, por mayoría de razón el testamento es perfectamente impugnable por falta de consentimiento o de objeto, elementos de existencia que corresponden a todo acto jurídico, aunque tratándose del testamento, el elemento consentimiento, se conoce como la expresión de voluntad de otorgamiento, que a su vez debe cumplir con los requisitos de validez asociados como son la libertad en dicha manifestación y la capacidad plena en el momento de tal manifestación de voluntad.

    Saludos cordiales.