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  • Consulta : 119247
  • Autor : MERCHE68
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  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Primero debe tener un acta certificada de defuncion de la persona fallecida y con eso puede llamar a la Hipotecvaria y preguntar los requisitos que se deben de reunir para que el credito sea liberado, es decir el seguro de vida con que cuentan ese tipo de creditos pague a la Hipotecaria y se pueda escriturar dicho inmueble ya sin adeudo o cancelado la hipoteca que tiene, generalmente se escrituraria a nombre de los beneficiarios de la fallecida y ellos tendrian que escriturarle a usted. Respecto al poder que tiene en algunas instituciones si lo hacen valido pero tiene que ir acompañado de los beneficiarion de la persona.