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AutorRespuesta No: 229614
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Julio de 2011 19:42 2011-07-06 19:42 desde IP: 201.110.82.124
Acuda al juzgado y tramite la devolucion del expediente al juzgado y promueva en base a la siguiente jurisprudencia
Novena Época. Instancia: Primera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tesis: 1a./J. 99/2010. Página: 292 EJECUCIÓN DE SENTENCIA DERIVADA DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL DERECHO PARA SOLICITARLA PRESCRIBE EN EL TÉRMINO DE TRES AÑOS
Lo recomendable es que se asesore personalmente (contrate) abogado especialista en la materia para que su asunto "camine" mas rapido, se tramita la inejecucion, alega el cumplimiento de pago, para que el juez ordene al RPP se desgrave el inmueble. y pueda venderlo como refiere.
Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.
Saludos cordiales.
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