- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 117509
- Autor : ulloa88
- Consultas en Foro: 75
- Respuestas en Foro: 3212
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 42 %
- : 57 %
-
AutorRespuesta No: 228542
-
Fecha de respuesta: Viernes 24 de Junio de 2011 17:37 2011-06-24 17:37 desde IP: 189.177.62.143
MI estimado Rosen.
Eso me ha quedado claro. Que en el Registro Civil le digan que necesita llevar a cabo un juicio nuevo de divorcio no quiere decir que ESO SEA lo que necesita. Le puedo enumerar oficinas del registro civil de compañeros que dan cada asesorìa ... asi que me queda claro que quien le comentó a la señora debe ser uno de ellos. Recuerde usted el registro Civil depende del ejecutivo y no del Judicial. En el registro Civil estan para atender las ordenes judiciales y no para ordenar los procedimientos.
ROSEN insisto... mi intencion no es debatir con usted sobre el tema pues a un servidor le queda mas que claro el tramite porque a diferencia de usted (Con todo el respeto claro esta) he llevado el tramite muchas muchas veces y se como se hace y le puedo decir a la señora con los pelos de la burra en la mano... que quien le asesoro esta mas que equivocado. Mejor que le pregunte a un abogado especialista en derecho internacional en colombia y verà la señora que el suscrito tiene la razòn... ahora que si no me cree .. alla ella.
Segundo.- Al margen de que tenga o no validez el exhorto (Que insisto la sentencia por si sola no tiene validez como acertadamente se lo comentaron) como lo he señalado... me imagino que lo que menos quiere la señora es asentar el mismo pues esta interesada en el dinero. Asi que ... para ella mejor.. simplemente no lo anota y se engaña solita pensando que sigue casada.
Cuando venga a Mèxico y quiere ejercer algun derecho de casada... basta que su ex marido acredite con el acta de divorcio respectiva la disolución del mismo (O anotación marginal de disolución en el acta de matrimonio segun del estado que estemos hablando) y ya. Si la señora y usted mi estimado ROSEN me creen que a traves de exhorto puede asentar el mismo en colombia o no.. es irrelevante, lo que les debe quedar claro a AMBOS es que ella esta DIVORCIADA.... Poniendolo en las palabras de la consultante "ESTA DIVORCIADA EN MEXICO" y ella pretende cobrar dinero como conyuge EN MEXICO precisamente. Asi que si ella piensa que sigue estando casada (Que insosto esto no es asi) porque no ha hecho la inserción en colombia de su acta de divorcio SE EQUIVOCA Y CON ELLA LOS QUE ASI LO PIENSEN.
Ciertamente, si ahorita me constituyo a colombia y pregunto sobre el estado civil de la señora.. como ellos no son adivinos, mientras esto no se inserte via exhorto, diran que esta casada... pero como todo documento del registro civil, surte efectos SALVO PRUEBA EN CONTRARIO... que en este caso será LA SENTENCIA DICTADA EN MEXICO.
Te equivocas mi buen rosen si piensas que la inserción de una sentencia implica la aplicación de leyes extranjeras en colombia. En lo mas minimo sucede eso. Por ello la importancia que se haga llegar via exhorto para que sean las propias autoridades colombianas quienes ordenen la anotación si es que quieren hacerlo via judicial y no le aceptan la inserción. Pero respeto su opinion Rosen y creame que no tengo al mas minimo interes en hacerle cambiar de opinion... si usted piensa que el equivocado soy yo.. Ok insisto ni yo ni usted ganamos nada en este foro.. usted quedese con la idea que efectivamente se violan leyes colombianas junto con la señora... Yo me quedo con la verdad.
Es como querer decirle al panadero cual es la mejor temperatura de cocción del pan, porque ustedes vieron un folleto que decia que lo ideal es 150 grados centigrados, cuando dicho panadero lleva 10 años cocinando sus panes a 200 grados y luego de 10 años no se le ha quemado uno solo ni le ha salido crudo tampoco. Le harán cambiar su opinion por el folleto leido?
Le recuerdo que soy Oficial o Juez del registro Civil y pasamos por este tipo de tramites varias veces al año y se lo que le estoy diciendo ... no de oidas.... no porque crea que asi se hace... lo digo PORQUE ASI LO HE HECHO sin problema. Pero insisto... como esto no se trata de dogmas de fe... si quiere escuchar la voz de 10 años de experiencia... la comparto con usted y la señora... si no... adelante intenten lo que ustedes consideren necesario y les deseo mucha suerte.
Saludos
-
Autor