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AutorRespuesta No: 226907
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Junio de 2011 13:37 2011-06-11 13:37 desde IP: 201.124.46.203
desde mi punto de vista, no siendo excelso en materia administrativa esta operando una negativa ficta, sin embargo cuando opera tal figura, de sobra sabemos que están violando un precepto constitucional que es conocido como derecho de petición, pues recordemos que a todo escrito debe recaer un acuerdo, tal precepto esta fundado en el numeral 8 de nuestra carta magna que a la letra menciona: por ende a mi juicio y consideración es menester de la autoridad contestar todo punto litigioso expuesto, fundando y motivando su actuar o resolución.
Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
reciba un cordial saludo
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