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AutorRespuesta No: 226694
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Junio de 2011 11:10 2011-06-09 11:10 desde IP: 189.137.240.204
No le van a quitar sus cosas, ( al menos hasta que concluya el juicio y se ordene el remate o adjudicación de la finca hipotecada,) ya que solamente el inmueble queda asegurado mediante la inscripción de la cédula hipotecaria que se anota en el Registro Público de la Propiedad, y se realizo el emplazamiento respectivo con la presentación de la demanda, por lo que le sugiero que le avise al arrendador.
Es importante comentarle que en caso de que el inmueble dado en arrendamiento sea enajenado judicialmente, su contrato de arrendamiento susbisistirá, siempre y cuándo se haya celebrado dentro de los 60 días anteriores al secuestro del inmueble., que tal parece es su caso.
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