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Fecha de respuesta: Martes 07 de Junio de 2011 12:13 2011-06-07 12:13 desde IP: 187.194.40.81
QUIERAS lo que quieras...
debes dejar que pase UN AÑO y UN DIA... contado de la fecha de tu matrimonio civil... al efecto de poder demandar el divorcio....siempre que tengas una causa para el mismo.... eso de que yo no la quiero... no es una causal de divorcio.... además.... deberás reconcoer al producto de la relación matrimonial... de eso no te salvas...por ninguna causa.... ademas... deberás dar pensión alimenticia para tu hijo por un mínimo de 18 años... para tu hijo... y maximo de 25... a razón del 20 al 25% de tus entradas salariales....para tu esposa... por lo menos por el termino del año que vivieron juntos.... de esto no te salvas....además de la liquidación de la sociedad conyugal...si bajo ese regimen se casaron...
servido ...joven plancha...
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