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  • Consulta : 115734
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 226469

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    QUIERAS lo que quieras...

    debes  dejar que pase UN AÑO y UN DIA... contado de la fecha de tu matrimonio civil... al efecto de poder demandar el divorcio....siempre que tengas una causa para el mismo.... eso de que yo no la quiero... no es una causal de divorcio.... además.... deberás reconcoer al producto de la relación matrimonial... de eso no te salvas...por ninguna causa.... ademas... deberás dar pensión alimenticia para tu hijo  por un mínimo de 18 años... para tu hijo... y maximo  de 25... a  razón del 20 al 25% de tus entradas salariales....para tu esposa... por lo menos por el termino del año que vivieron juntos.... de esto no te salvas....además de la liquidación de la sociedad conyugal...si bajo ese regimen se casaron...

    servido ...joven plancha...