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  • Consulta : 115714
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 226450

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si, siempre y cuándo haya reconocido al menor, de lo contrario tendrá que demandar el reconocimiento de paternidad, solicitando como prestación accesoria el aseguramiento y pago de una pensión alimenticia.