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AutorRespuesta No: 224383
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Mayo de 2011 23:20 2011-05-23 23:20 desde IP: 189.217.191.251
MARÍADEJESUS
Le sugiero:
Se debe iniciar la seccion segunda de INVENTARIOS Y AVALUOS, aprobada que sea esta por la totalidad de los coherederos, estos estaran en posibilidad de realizar una cesion de derechos por escrito ante el juzgado en favor del heredero que desea adquirir el inmueble, en el momento en que ratifiquen los herederos y el Albcea las firmas que calzan dicha cesion ante la presencia judicial en ese momento que reciban el pago de los derechos que ceden, en mi opinion es mas practico de esa manera, dado que quedando un unico heredero solo se hara un gasto para efectos de la adjudicacion y escrituracion de inmueble.
Saludos.
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