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  • Consulta : 113412
  • Autor : LIC. COBALTO
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  • Autor
    Respuesta No: 223866

  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    POR CUANTO A LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, QUE COMPRENDE LAS DESICIONES SOBRE LA EDUCACION Y CUIDADOS DEL MENOR ASI COMO LA ADMINISTRACION DE SUS BIENES, LAS FORMAS EN QUE PUEDES LOGRAR QUE TE LA DECRETEN A TU FAVOR SON VARIAS, ENTRE ELLAS ACREDITAR QUE A EL NO LE INTERESA LA MENOR, POR CONSECUENCIA NO CONTRIBUYE, QUE ES UNA PERSONA VIOLENTA Y CORRE RIESGO LA MENOR SI ESTA CERCA DE EL, PERO OTRO METODO PUEDE SER EL ABANDONO REITERADO DE LA PENSION ALIMENTARIA, COMO LO DEMUESTRAS, REALIZAS EL JUICIO SOBRE ALIMENTOS, SOLICITAS QUE LA PENSION ALIMENTARIA TE LA DE MEDIANTE CERTIFICADO DE ENTERO DEPOSITADO ANTE EL FONDO DEL TRIBUNAL, DE ESTA FORMA, CUANDO EL OMITA REALIZAR EL PAGO DE MANERA REITERADA PODRAS PROMOVER LA SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTAD Y TENDRAS TODA LA POSIBILIDAD DE ACREDITAR QUE HA DEJADO DE DAR ALIMENTOS Y LOGRAR TU OBJETIVO.

    DE ANTEMANO AGRADEZCO TU GENTIL ATENCION.