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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Mayo de 2011 10:40 2011-05-18 10:40 desde IP: 187.144.136.51
Bueno al estar casada por el régimen de sociedad conyugal, si no celebraste capitulaciones matrimoniales, entonces aún cuandoe l bien inmueble esté a nombre de tu esposo únicamente, te corresponde a tí la mitad de esa casa, es decir el 50 % del valor del inmueble. Ahora si tienen más bienes y quieres que esa casa te pertenezca únicamente a tí, lo que puedes hacer es acudir a Notario público y celebrar un contrato de capitulaciones matrimoniales donde se establezca que al disolverse esa sociedad conyugal la propiedad pasará a tu nombre exclusivamente.
Por que de otra forma aunqu eesté a tu nombre, esa casa será la mitad del valor de tu esposo.
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