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  • Consulta : 113113
  • Autor : LicRamses
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  • Autor
    Respuesta No: 223647

  • LicRamses
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Regularmente este tipo de despachos recurren a las amenazas para intimidar y así obtener el pago de adeudos, este es un acto de lo mas antietico y antiprofesional, pues te comento que solo la autoridad judicial correspondiente podria embargar bienes para el cumplimiento de un adeudo.

    Dicho embargo solo se puede realizar dando cumplimiento a las disposiciones que la ley exige, dado que la casa es de tu hermana no puede efectuarse por ninguna circunstancia embargo, con la unica excepción de que se hubiera ofrecido y haya quedado como aval, pero para lo cual el embargo precautorio tendria que ser ordenado por Juez competente y mediante juicio instaurado previamente. 

    Aun así en dado caso que si fuese aval y se haya interpuesto el juicio respectivo para el cobro del crédito se pueden llegar a un acuerdo en el que no te niegues a pagar y lo hagas de acuerdo a tus posibilidades.

    La proxima vez que este tipo de documentos o personas lleguen a tu domicilio manifiestales que dicha persona no vive ahi y que desconocez su paradero o haz caso omiso a sus amenazas ya que si no se cumple con lo que anteriormente comente, es ilegal y causante de delitos embaragar bienes sin que medie una orden judicial.

     

    Espero te sirva mi comentario.

     

    Lic. Ramses Carrasco Juárez.