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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Mayo de 2011 19:04 2011-05-16 19:04 desde IP: 189.132.40.118
No puede usted reconvenir el divorcio.
Pues los juicio de alimentos son especiales y el divorcio necesario es un juicio Ordinario. (salvo que la legislacion del estado de mexico lo determines pero la verdad lo dudo)
de tal forma que los juicios de alimentos tiene un tramitacion especial y el codigo reige las cauasas.
Le sujiero lea el codigo de su entidad, sobre todo por que al parecer es usted abogado
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