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  • Consulta : 112673
  • Autor : tulio_ciceron
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  • Autor
    Respuesta No: 223305

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Si vivías en la casa, tu pareja cometió despojo; denuncia los hechos en el M.P.

    Respecto de la pensión, no precisas si la pidió para ella o para tusdos hijas.

    El concubinato debe ser reconocido por un Juez de lo Familiar como derecho y con base en la sentencia que la reconozca, tendrá derecho a una pensión alimenticia; si ya no tienen vida en común por vivir separados, consíguete dos testigos y los presentas dentro de juicio si también pidió su pensión para ella.

    El concubinato es una situación de hecho a la que la ley le atribuye determinados efectos jurídicos y lo equipara en ciertos aspectos con el matrimonio; por ello, sólo en el divorcio necesario existe la causal de abandono del domicilio conyugal, porque el concubinato se acaba cuando alguno de los dos concubinos se separa del otro, aunque la existencia de hijos reconocidos por ambos padres, crea la presunción de su existencia.

    Saludos.