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  • Consulta : 112603
  • Autor : AMADO MENESES
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  • Autor
    Respuesta No: 223236

  • AMADO MENESES
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas noches, con respeto al problema que planteas la situacion es la siguiente: A).- En primer lugar la demanda de pension alimenticia no procederia ya que tu sobrino no esta reconocido legalmente por su padre y por consecuendia no es acreedor a reclamar pension. Ya que la ley es muy claro para que un hijo pueda reclamar pension tiene que ser reconocido como hijo del padre. B) Lo que tiene que hacer la madre del menor es demandar el reconocimiento de su hijo a su padre biologico y una vez que por sentencia se establezca la paternidad y el reconocimiento el juez girara instruciones al registro civil para que levante nueva acta al menor con los apellidos del padre. C) Una que ya este reconocido el menor ya se puede iniciar la  demanda la pension alimenticia por parte de la madre