Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 112131
  • Autor : ABOMAU68
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 2423
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 222705

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    jeyme87

    Si usted en el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO va a ser FIADORA  de sus marido como arrendatario (inquilino) es para tal efecto el dueño y/o arrendador le solicta las copias de las escrituras, precisamente para que tenga el arrendador la certeza de que el inmueble que se señala como garantia de pago de todas y cada una de las obligaciones que contraiga su conyuge, que el inmueble este a nombre de usted y libre de todo gravamen, ahora bien por cuanto hace a que la celebracion del contrato de arrendamiento este se realice en una Notaria Publica es para efecto de que acudan las partes contratantes ARRENDADOR, ARRENDATARIO Y FIADOR  y se identifiquen ante el Notario Publico y de manera indubitable (sin lugar a duda alguna) cada parte contratante estampe de su puño y letra sus respectivas firmas en el acuerdo de voluntades, en este caso contrato de arrendamiento.

    Por lo que le sugiero que en caso de que usted decida otorgar su firma como FIADOR, solo haga entrega al arrendador copis fotostatica de las escrituras del inmueble, ya que solo las requiere el arrendador para efecto de verificar ante el Registro Publico de la Propiedad de su Estado el FOLIO REAL con la que dicha escritura esta inscrita en el Registro para verificar que este LIBRE DE GRAVAMEN.

    No tenga descofianza alguna por ese requisito que le solicta el arrendador, en todo caso considere usted si su conyuge puede cumplir con las obligaciones que le impondria la firma del contrato.

    Saludos.