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AutorRespuesta No: 222343
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Mayo de 2011 19:55 2011-05-06 19:55 desde IP: 189.216.229.153
Sólo en el caso de que la contestación de la demanda de B, presentara hechos distintos o desvirtuara los hechos de la demanda de A, entonce la autoridad administrativa da vista a A para que amplie la demanda de B, pero no un incidente, y en en auto de admición de la demanda de B señala que las impugnaciones de personalidad o sobreseimiento se determinarán al momento de dictar sentencia.
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