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  • Consulta : 111621
  • Autor : Lino Ruiz Carral
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  • Autor
    Respuesta No: 222156

  • Lino Ruiz Carral
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas Tardes.

    En cuanto al permiso de relaciones exteriores generalmente lo hace el notario, aunque lo puede hacer usted mismo y algunos notarios le seguirán cobrango igual que si ellos hicieran el trámite. Con relación al Registro Federal de Contribuyentes, es necesario que agende una cita en la Administración Local, y con los documentos que ahí le soliciten vaya a realizar la inscripción.

    Ojo. En cuanto a Relaciones Exteriores no es una inscripción, es una autorización PREVIA a la constitución de una persona moral(unión de dos o más personas para un fin lícito, ej. asociación, sociedad civil, sociedad mercantil); en cuanto a Hacienda, es un requisito posterior a la constitución.