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  • Consulta : 111574
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 221981

  • Sergio Orea
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    (Resumen de Actividades)

    De nada sirve que objetes los recibos, pues son verdaderos y válidos, además que si los objetas de falsedad recaerá sobre ti la carga de la prueba, por lo que será mejor que los reconozcas, ello en nada afectará el curso del Juicio. La sentencia, simplemente condenará al deudor a pagar la cantidad restante y sus respectivos intereses.