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  • Consulta : 111568
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 222380

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    chaguis

       "...pero si no quiere que nadien o solo algunos de los coherederos vivan en la casa y otros no , que se puede hacer si no es solo de el o ellos la propiedad sino de todos por igual PUES NO ES JUSTO..."                       

     

    Le respondo:

    Precisamente para evitar este tipo de situaciones y ya que el juicio se encuentra en la tercera seccion de ADMINISTRACION  el Albacea junto con los demas coherederos pueden tramitar VIA INCIDENTAL  la autorizacion de venta del inmueble ante el Juez, ofreciendo desde ese momento la pruebas que estimen pertinentes para acreditar la accion, notificando por medio del juzgado al coheredero(s) que se encuentra(n) en posesion para que contesten el incidente promovido y tambien ofrezcan pruebas de su parte.

    Obteniendo la autorizacion judicial de venta es cuando por orden del Juez se puede desalojar al o los coherderos que se encuntren habitando el inmueble, para proceder a la venta del mismo.