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Tradicional Foro de consultas
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- Autor : Ochoa, Donis S.C.
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AutorRespuesta No: 238335
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Septiembre de 2011 10:20 2011-09-08 10:20 desde IP: 189.216.19.111
En respuesta a su consulta:
1.- Las multas Caducan ? Digo si tengo 1 año y medio que cerre , no se si exista una fecha donde si no me pudieron encontrar , ya no sean validas la deuda .
R.- Las facultades de las autoridades caducan a los cinco años, pero ese periodo se interrumpe por cada gestión de cobro de la autoridad.
2.- Que pasa si la deuda es muy grande y no la puedo pagar , es penal el delito ?
R.- Si no cuenta con bienes suficientes para cubrir las multas, la autoridad puede segir interrumpiendo la caducidad con la esperanza de que con el tiempo adquiera un bien, o lo tienen por incobrable, pero no es delito. Sin embargo esta pregunta se contradice con las tres y cuatro.
3.- Lo unico que tengo a mi nombre es un terreno que de hecho lo compre hace 2 semanas y vale como 90mil pesos , me conviene Venderlo ?
R.- Esta pegunta se contradice con la pregunta cinco.
4.- Estoy casada con vienes (sic) mancomunados y mi esposo tiene una empresa , me conviene separarme y volverme a casar con vienes separados
R.- No tiene la necesidad de separarse y volverse a casar, puede cambiar el régimen de sociedad conyugal sin terminar el vínculo matrimonial, pero es similar a la pregunta anterior ya que si cuenta con bienes.
5.- Se puede negociar la deuda con el estado ?
R.- Lo único que le puede aceptar la autoridad como negociación en el pago en parcialidades.
6.- Que tipo de abogado debo de buscar ? , Especialista en que Area ? , y aque no se si esto sea penal , mercantil , etc etc
R.- Abogado fiscalista, pero las multas están firmes, no tiene mucho que hacer al respecto.
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