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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Abril de 2011 18:54 2011-04-29 18:54 desde IP: 187.194.18.97
solo si ese hijo esta reconocido ante el registro civil....puedes iniciar la acciòn penal de incumplimiento de pago de pensiòn alimenrticia...que es en efectivo... no en pañales... lana...dinero....
con la copia certificada del acta de averiguaciòn previa....inicia juicio de pago y aseguramiento de penaiòn alimenticia....gaurda y custodia de ese hijo para ti....perdida de patria potestad....
en ambos asuntos te pueden llamar a convenir... en el penal... siguete de frente.... y en el civil no aceptes menos del 15% de las entradas economicas mensuales.... va a pedir dias y horas de convivencia....tu abogado sabe que hacer....
no pretendas hacerlo tu... lleva un abogado para todo....
busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos.- - - -Como ya tengo expresado, busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Si… ya me dijeron que no haga tanta publicidad a los bufetes jurídicos gratuitos porque están saturados y luego no cumplen... pero nada le quita tratar de asesorarse antes de contratar un abogado.... e s p e c i a l i s t a.... suerte..... y saludos a los colegas participantes....
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