- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 110851
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 221270
-
Fecha de respuesta: Jueves 28 de Abril de 2011 01:07 2011-04-28 01:07 desde IP: 189.216.138.239
Si Usted no desea seguir trabajado para los patrones sustitutos, puede renunciar pero no tendrá derecho a ningún finiquito, puesto que no hay despido alguno, sólo puede reclamar los salarios devengados y no pagados, la parte proporcional del aguinaldo así como la prima vacacional, pero no más. Si se hace el traspaso el patrón sustituto está obligado a respetar la antiguedad y salario vigente. Nada más.
-
Autor