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  • Consulta : 110851
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 221270

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si Usted no desea seguir trabajado para los patrones sustitutos, puede renunciar pero  no tendrá derecho a ningún finiquito, puesto que no hay despido alguno, sólo puede reclamar los salarios devengados y no pagados, la parte proporcional del aguinaldo así como la prima vacacional, pero no más. Si se hace el traspaso el patrón sustituto está obligado a respetar la antiguedad y salario vigente. Nada más.