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  • Consulta : 110294
  • Autor : TANGO210
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  • Autor
    Respuesta No: 221561

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues en mi opinion, por lo menos en el D.F. no importa tanto que señales en el rubro, e inclusive que ingreses una demanda de amparo por oficialia de partes comun de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, Dirigido al C. Juez de Distrito en materia administrativa en el D.F. en turno, si de la lectura se aprecia que corresponde a la materia penal, lo turnaran a la oficialia de partes comun ed los Juzgados de distrito en maeria penal en el D.F.   asi de simple.