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Fecha de respuesta: Martes 19 de Abril de 2011 22:36 2011-04-19 22:36 desde IP: 201.114.218.40
Se ha sentado criterio de Jurisprudencia que en los casos en que la liquidación de los bienes no pueda aplicarse por no haber matrimonio, sino concubinato, se deben de seguir las reglas de la Sociedad Civil, por otro lado la mujer puede demandar alimentos para ella y su menor hija.
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